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¿En qué consiste el Servicio de Ayuda a Domicilio? 

El Servicio de Ayuda a Domicilio está regulado por el Decreto 12/1997, de 21 de Enero, por el que se desarrollan las prestaciones básicas de Servicios Sociales de titularidad municipal y se establecen las condiciones y requisitos de aplicación a las ayudas y subvenciones destinadas a su financiación.

 

¿Dónde se solicita?

Para solicitarlo, deberá dirigirse a:

Servicios Sociales - Trabajadora Social

Ayuntamiento de Almaraz. Planta Baja.

Plaza España, s/n - Tlfno: 927 54 40 04

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Procedimiento y requisitos 

  1. La Trabajadora Social realizará una entrevista de acceso al Servicio, para ver el perfil del usuario y comprobar que cumple con los requisitos de acceso:
    1. Estar empadronado/a en la localidad.
    2. Perfil del usuario:
      • Con caracter general, podrán ser usuarios de la prestación de Ayuda a Domicilio todas aquellas personas o grupos familiares residentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura, que carezcan de autonomía personal de tipo parcial o total, temporal o definitiva.
      • Con caracter prioritario, se atenderá a las personas mayores con dificultades en su autonomía personal, sean o no pensionistas; a las personas con discapacidades o minusvalías que afecten significativamente a su autonomía personal, sea cual fuere su edad; a las personas o grupos familiares cuyo entorno familiar y social presente problemas de desarraigo convivencial.
  2. Aportación documental requerida:
    • Informe médico oficial de Ayuda a Domicilio
    • Datos económicos: rentas, pensiones, declaración de IRPF, etc. De todos los miembros que componen la unidad familiar.
    • Certificado de empadronamiento
    • D.N.I de todos los miembros que compongan la unidad familiar
  3. Comprobados todos los datos, se realiza una visita al domicilio, se realiza un informe social y se firma la solicitud de acceso al servicio.
  4. La solicitud será entregada a firma a Alcaldía donde se resuelve la concesión del expediente.

Para adquirir la condición de usuario de Ayuda a Domicilio se habrá de obtener una puntuación mínima de 25 puntos, conforme al baremo que figura en el Anexo I del Decreto 12/1997 de 21 de Enero.

 

 


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